Graves acusaciones en contra del frente polisario por violación de DDHH se presenta formalmente ante el alto comisionado para los derechos humanos en Ginebra. Por Ernestina Fuentes C.

Denuncia ante la ONU por presuntas violaciones de derechos humanos.

4 Min Read
Highlights
  • Una denuncia formal plantea graves acusaciones y reclama atención internacional sobre presuntas violaciones de derechos humanos

Durante la mañana del 20 de agosto la directora jurídica de la fundación derechos humanos sin fronteras presento ante el alto comisionado para los derechos humanos de Naciones Unidas en Ginebra, señor Volker Türk, una denuncia concreta y con detalles sobre violaciones a los DDHH cometidas por el grupo polisario en territorio de Argelia.

El documento en su inicio dice: “En el marco del IV Encuentro Internacional de Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos, celebrado en julio de 2026 en la ciudad de Santiago de Chile y convocado por Derechos Humanos Sin Fronteras se recibieron y registraron denuncias relativas a graves violaciones a los derechos humanos presuntamente cometidas por el Frente Polisario en territorio de Argelia. En dicha ocasión, el señor Ramdan Messaud, Presidente de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos —institución miembro de DHSF—, se refirió a denuncias oportunamente presentadas ante tribunales de España por estos hechos y aportó información actualizada sobre denuncias recientes. Entre los delitos denunciados figura la ejecución, sin juicio previo ni garantía procesal alguna, de antiguos integrantes del propio movimiento que, por manifestar su disidencia interna, habrían sido privados de la vida”.

En el aspecto legal la presentación describe con claridad que los delitos de lesa humanidad no tienen fecha de prescripción, sobre lo cual dice: “Ponemos estos hechos en su conocimiento por cuanto revisten, prima facie, los caracteres de crímenes de lesa humanidad. En efecto, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en su artículo 7, párrafo 1, califica como crímenes de lesa humanidad, entre otros actos, el asesinato (artículo 7, párrafo 1, letra a) y la tortura (artículo 7, párrafo 1, letra f), cuando se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. En cuanto a la imprescriptibilidad de tales crímenes, el artículo 29 del citado Estatuto de Roma dispone de manera expresa e inequívoca que «los crímenes de la competencia de la Corte no prescribirán».

Este principio priva de todo efecto a cualquier alegación de prescripción y se ve reforzado por la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968, así como por el derecho internacional consuetudinario en la materia”.

El documento en su parte final adjunta una lista de 38 personas, con identificación de su tribu, que han sido ejecutadas, sin un debido proceso por parte de este grupo, lo que da consistencia y forma a la denuncia presentada.

Según fuentes de la fundación en Santiago, “La presentación de hoy es el primer paso para aclarar graves crímenes que se cometen en el territorio de Argelia, país parte del estatuto de Roma y por lo mismo está obligada a responder y aclarar estas denuncias. Próximamente se realizarán otras presentaciones ante tribunales internacionales por mujeres que han sido violadas, personas que sufrieron años de encarcelamiento sin un debido proceso y el uso de niños en instrucción militar, lo que contraviene claramente el mandato de naciones Unidas sobre esta materia”.

Fuente: elsiete.cl

Share This Article