Aquí está la esencia del proyecto de ley sobre usos legales del cannabis, que actualmente está siendo examinado por el Consejo de Gobierno antes de su presentación al parlamento.
– La producción de cannabis para uso médico, cosmético e industrial exclusivamente, solo está autorizada dentro del perímetro establecido por reglamento. Este perímetro evoluciona según las necesidades de la demanda nacional e internacional. – Las siguientes actividades relacionadas con el cannabis están sujetas a autorización (10 años renovables):
+ Importación de semillas y plantas;
+ Exportación de semillas y plantas;
+ Creación y operación de viveros;
+ Cultivo;
+ Transformación;
+ Exportación de cannabis y sus derivados;
+ Importación de productos de cannabis;
+ Comercialización de cannabis y sus derivados;
+ Transporte.
– Solo se puede solicitar una autorización para el cultivo de cannabis:
+ Cuyas parcelas a explotar se ubican dentro del perímetro regulatorio;
+ Nacionalidad marroquí y adultos;
+ Miembro de una cooperativa creada a tal efecto (ley 112-12);
+ Propietarios de la parcela objeto de solicitud, autorizados por su propietario o con documento expedido por las autoridades administrativas locales que acredite el funcionamiento de dicha parcela.
– Compromisos del agricultor autorizado:
+ Utilice únicamente plantas certificadas por la Agencia;
+ Entregar toda su producción a la cooperativa a la que pertenece;
+ Respetar las especificaciones de buenas prácticas de producción adoptadas por la Agencia.
– Compromisos de la cooperativa de agricultores autorizados:
+ Concluir con uno o más procesadores autorizados y / o empresas exportadoras un contrato para la venta de cosechas que le entreguen los agricultores miembros;
+ Entregar todas las cosechas a los procesadores en presencia de las autoridades competentes (operación sancionada por informe).
– La empresa procesadora autorizada debe:
+ Estar sujeta al derecho privado marroquí;
+ Disponer de referencias técnicas, humanas y económicas relacionadas con la actividad;
+ Comprometerse a firmar contratos de compra con un conjunto de cooperativas de productores autorizados;
+ Disponer de las autorizaciones necesarias para el ejercicio de sus actividades (farmacéutica por ejemplo);
+ Comprometerse a respetar las especificaciones de buenas prácticas de producción adoptadas por la Agencia.
– La empresa que vende, importa o exporta productos industriales debe:
+ Estar sujeta al derecho privado marroquí;
+ Disponer de referencias técnicas, humanas y económicas relacionadas con la actividad;
+ Disponer de las autorizaciones necesarias para el ejercicio de sus actividades;
+ Comprometerse a respetar las especificaciones elaboradas por la Agencia.
– El contenido máximo de THC más allá del cual las variedades de cannabis cultivadas están destinadas exclusivamente al sector médico está establecido por normativa (este contenido es del 0,2% en Europa actualmente).
– El contenido máximo de THC de los productos terminados (excluidos los médicos) está establecido por reglamento (este contenido varía de 0 a 2% en Europa actualmente).
– La comercialización, importación y exportación de productos farmacéuticos médicos y no médicos se rigen por el Código de Medicamentos y Farmacia (Ley 17-04) y el Dahir de 1922.
– La comercialización, importación y exportación de otros productos está sujeta a la autorización de la futura Agencia creada por el proyecto de ley.
– Creación de una agencia responsable de ejecutar la estrategia del Estado para el cultivo, producción, procesamiento y comercialización de cannabis para usos médicos, cosméticos e industriales;
– El proyecto de ley prevé un sistema de sanciones en caso de incumplimiento de sus disposiciones por parte de los distintos operadores. (MAPA).